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Tratado de Portsmouth

Tratado de Portsmouth,  5 de septiembre de 1905.
Establece el fin de la guerra ruso-japonesa. Firmado en Portsmouth, New Hampshire.





El Emperador de Japón, por una parte, y el Emperador de todas las Rusias, por otra parte, animados por el deseo de restaurar las bendiciones de la paz, han resuelto concluir un tratado de paz, en el nombre de sus plenipotenciarios, es decir, representando a su Majestad el Emperador de Japón, el barón Komura Jutaro, Jusami, Gran Cordón de la Orden Imperial del Sol Naciente, su Ministro de Relaciones Exteriores, y su Excelencia el Takahira Kogoro, Imperial Orden del Sagrado Tesoro, su Ministro en los Estados Unidos, y representando a su Majestad el Emperador de todas las Rusias, su Excelencia Sergius Witte, su Secretario de Estado y Presidente del Comité de Ministros del Imperio de Rusia, y su Excelencia el barón Roman Rose, Maestro del Tribunal Imperial de Rusia, su Majestad el Embajador de los Estados Unidos, que, después de haber intercambiado sus plenos poderes, que fueron hallados en buena y debida forma, llegando como conclusión a  los siguientes artículos:

ARTÍCULO I.
Deberá ser en lo sucesivo la paz y la amistad entre sus Majestades el Emperador de Japón y el Emperador de todas las Rusias, y entre sus respectivos Estados y ciudadanos.

ARTÍCULO II.
El Gobierno Imperial de Rusia, reconociendo que Corea pertenece a Japón en lo político, militar y económico, no compromete los intereses de Japón no obstaculizando ni interfiriendo en las medidas de orientación, protección y control que el Gobierno Imperial de Japón crea necesario tener en Corea. Se entiende que los intereses de Rusia en Corea se tratan exactamente de la misma manera en que los intereses de otras potencias extranjeras, es decir, que se colocará en pie de igualdad con los intereses de la nación más favorecida. También se convino en que, con el fin de evitar las causas de la incomprensión, las dos altas partes contratantes se abstendrá en la ruso-coreano frontera de adoptar cualquier medida militar que pueden ponen en peligro la seguridad de ruso o coreano territorio.

ARTÍCULO III.
Japón y Rusia se comprometen mutuamente a:
 

Primero: A evacuar completamente Manchuria al mismo tiempo, excepto el territorio afectado por el contrato de arrendamiento de la península de Liaotung, de conformidad con lo dispuesto en el artículo adicional que figura en el anexo I al presente tratado y,

Segundo: A restaurar totalmente y por completo a la administración única de China todas las partes de Manchuria ahora en ocupación, o bajo el control de los japoneses o las tropas rusas, con la excepción del territorio anteriormente mencionado.

El Gobierno Imperial de Rusia declara que no tendrá en Manchuria cualquier ventaja territorial exclusiva ni concesiones, en el menoscabo de la soberanía china, o incompatible con el principio de igualdad de oportunidades.

ARTÍCULO IV.
Japón y Rusia se comprometen mutuamente a no obstaculizar las medidas de carácter general comunes a todos los países que tienen relación con China, con el objetivo del desarrollo del comercio y la industria de Manchuria.

ARTÍCULO V.
El Gobierno Imperial de Rusia transfiere y asigna al Gobierno Imperial de Japón, con el consentimiento del Gobierno de China, el arriendo del Puerto Arthur, Talien y  las aguas territoriales adyacentes, y todos los derechos, privilegios y concesiones relacionadas con ellos, o que forman parte de dicho arriendo financiero, y también le transfiere y asigna  al gobierno imperial de Japón todas las obras públicas y bienes en el territorio afectado por el mencionado arriendo.

Las dos partes contratantes se comprometen a obtener el consentimiento del Gobierno chino para lo mencionado en la cláusula anterior.

El Gobierno Imperial de Japón, por su parte, se compromete a respetar los derechos de propiedad de Rusia en los territorios antes mencionados, los cuales serán perfectamente respetados.

ARTÍCULO VI.

El Gobierno Imperial de Rusia se compromete a transferir y ceder al Gobierno Imperial de Japón, sin indemnización y con el consentimiento del Gobierno de China, el ferrocarril entre Chang-chunfu y Kuanchangtsu y Puerto Arthur, y todas las líneas, junto con todos los derechos, privilegios y las propiedades que correspondan a ella en esa región, así como todas las minas de carbón en esa región que pertenecen o son trabajadas para el beneficio del ferrocarril. Las dos altas partes contratantes se comprometen mutuamente a obtener el consentimiento del Gobierno de China para lo mencionado en la cláusula anterior.

ARTÍCULO VII.

Japón y Rusia explotarán sus respectivas vías férreas en Manchuria exclusivamente para fines comerciales e industriales y de ninguna manera para fines estratégicos. Se entiende que esta restricción no se aplica a las vías del tren en el territorio afectado por el contrato de arrendamiento de la península de Liaotung.

 

ARTÍCULO VIII.
Los gobiernos imperiales de Japón y Rusia con el fin de promover y facilitar el intercambio y el tráfico tan pronto como sea posible concluirán un convenio para la regulación de la conexión de los servicios ferroviarios en Manchuria.

ARTÍCULO IX.
El Gobierno Imperial de Rusia cede al Gobierno Imperial del Japón a perpetuidad la soberanía plena y la porción sur de la isla de Saghalin y todas las islas adyacentes a ella y las obras públicas y bienes. El quincuagésimo grado de latitud norte se adopta como el límite norte del territorio cedido. La alineación exacta de dicho territorio se determinará de conformidad con lo dispuesto en el artículo adicional que figura en el anexo II de este tratado.

Japón y Rusia acuerdan mutuamente en no construir en sus respectivas posesiones en la isla de Saghalin o las islas adyacentes cualquier fortificación u otras obras militares. Asimismo, respectivamente se comprometen a no tomar medidas militares que pueden obstaculizar la libre navegación del estrecho de La Perouse y el estrecho de Tartaria.  

ARTÍCULO X.
Es obligatorio que los rusos que habitan en el territorio cedido a Japón, a vender sus bienes inmuebles y retirarse a su país, pero si ellos prefieren permanecer en el territorio cedido se mantendrá protegido su pleno ejercicio en las industrias y sus derechos de propiedad, en condición de presentar Japón leyes y jurisdicción. Japón tendrá plena libertad para retirar el derecho de residencia en o para deportar en dicho territorio a cualquier habitante no trabaje permanentemente, en virtud de política administrativa. Ella se compromete, sin embargo, a que los derechos de propiedad de esos habitantes deberán respetarse plenamente.

ARTÍCULO XI.
Rusia se compromete a acordar con Japón para la concesión japonesa en temas de derechos de pesca a lo largo de las costas de la posesión de Rusia en el Japón, Okhotsk y los mares de Bering.
Se convino en que el compromiso anterior no afectará a los derechos ya pertenecientes a Rusia o extranjeros de esas regiones.

ARTÍCULO XII.
Debido a que el tratado de comercio y navegación entre Japón y Rusia habiendo sido anulado por la guerra imperial, los gobiernos de Japón y Rusia se comprometen a adoptar como base para sus relaciones comerciales la celebración de un nuevo tratado de comercio y navegación, con la base del tratado que estaba en vigor anterior a la actual guerra, y el sistema de reciprocidad de trato en pie de la nación más favorecida, en el que se incluyen la importación y los derechos de exportación, trámites aduaneros, de tránsito y tonelaje de las cuotas y la admisión y el tratamiento de los agentes y los buques de un país en el territorio de la otra.

 

ARTÍCULO XIII.
Tan pronto como sea posible, después de que el actual tratado entre en vigor, todos los prisioneros de guerra serán restaurados mutuamente. Los Gobiernos Imperiales de Japón y Rusia designarán cada uno de ellos un comisionado especial para hacerse cargo de los prisioneros. Todos los prisioneros en manos de un gobierno se liberarán y serán recibidos por el comisionado del Gobierno respectivo o por su representante en los puertos debidamente autorizados, convenientes para la entrega al Estado receptor, el cual será notificado por adelantado por el Estado dador.

Los Gobiernos de Japón y Rusia se presentarán entre sí tan pronto como sea posible después de la entrega de los prisioneros, donde se completará con una exposición de los gastos directos incurridos, respectivamente, por ellos para el cuidado y mantenimiento de los prisioneros a partir de la fecha de captura o rendición y hasta a la fecha de su fallecimiento o liberación. Rusia se compromete a pagar tan pronto como sea posible después del intercambio de declaración la diferencia entre el importe real por lo gastado por el Japón y el importe efectivo desembolsado de manera similar por parte de Rusia.

ARTÍCULO XIV.

El presente Tratado será ratificado por sus Majestades el Emperador de Japón y el Emperador de todas las Rusias. Esa ratificación se efectuará con la menor demora posible, y en ningún caso después de cincuenta días a partir de la fecha de la firma del tratado, que se anunciará oportunamente a los gobiernos Imperial de Japón y Rusia, respectivamente, a través del ministro francés en Tokio y el Embajador de los Estados Unidos en San Petersburgo, y a partir de la fecha última de tales anuncios, en que todas sus partes entren en pleno vigor. El intercambio oficial de ratificaciones se llevará a cabo en Washington tan pronto como sea posible.

ARTÍCULO XV.
El presente Tratado será firmado por duplicado en inglés y en francés. Los textos se encuentran en absoluta conformidad, pero en caso de una discrepancia en la interpretación hará fe el texto francés.

SUB-ARTÍCULOS
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 3 y 9 del tratado de paz entre Japón y Rusia de esta fecha, los plenipotenciarios infrascritos han llegado a la conclusión de los siguientes artículos:

SUB-artículo a artículo III.
Los Gobiernos Imperiales de Japón y Rusia se comprometen mutuamente a comenzar la retirada de sus fuerzas militares del territorio de Manchuria simultánea e inmediatamente después de que el tratado de paz entre en funcionamiento, y en un plazo de dieciocho meses después de esa fecha los ejércitos de ambos países deberán haberse retirado completamente de Manchuria, con excepción de los locales arrendados en los territorios de la península de Liaotung. Las fuerzas de los dos países que ocupan posiciones de avanzada deberán ser retiradas.

Las altas partes contratantes se reservan para sí el derecho a mantener la guardia para proteger sus respectivas líneas de ferrocarril en Manchuria. El número de estos guardias no deberán ser superiores a quince por kilómetro y dentro de ese número máximo los comandantes japoneses y rusos estarán en común acuerdo, fijando el número de guardias empleados en lo más mínimo posible sin dejar de tener en cuenta las necesidades reales.

Los comandantes de los japoneses y las fuerzas rusas en Manchuria se pondrán de acuerdo sobre los detalles de la evacuación de conformidad con los principios mencionados y tomarán de común acuerdo las medidas necesarias para llevar a cabo la evacuación tan pronto como sea posible y, en todo caso a más tardar en el período de dieciocho meses.

SUB-artículo a artículo IX.
Tan pronto como sea posible después de que el actual tratado entre en vigor, una comisión de delimitación compuesto por un número igual de miembros que serán designados por las dos altas partes contratantes marcará el terreno en forma permanente para establecer el límite exacto entre las posesiones rusas y japonesas en la isla de Saghalin. La comisión estará obligada en lo que respecta a las consideraciones topográficas siguiendo el quincuagésimo paralelo de latitud norte como la línea fronteriza, y en caso de cualquier desviación de esa línea en cualquier punto se considerará necesaria como indemnización desviaciones correlativas en otros puntos. También estará el deber de dicha comisión preparar una lista y una descripción de las islas adyacentes incluidas en la cesión, y, por último, la comisión preparará y firmará mapas que muestran los límites del territorio cedido. La labor de la comisión será sometida a la aprobación de las altas partes contratantes.

Lo artículos adicionales se considerarán ratificados con la ratificación del tratado de paz a los que se adjuntan.

En fe de lo cual los respectivos Plenipotenciarios han firmado y colocado sellas en el presente tratado de paz.

Hecho en Portsmouth, New Hampshire, este quinto día del noveno mes del trigésimo octavo año de la Meiji, coincidente con el vigésimo tercer día del mes de agosto de mil novecientos y cinco, (5 de septiembre de 1905)

 
 

Fuente: Texto tomado de Sidney Tyler, Japón-La Guerra de Rusia, Harrisburg, The Minter Company, 1905, pp 564-568.


Integrantes del grupo. Curso 4°J

Pablo Anabalón. Antonio Catalán. Leonardo García. Carlos Vergara.
José Vivanco.

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